Para quienes se inician en el mundo del vuelo ultraliviano en Chile, existe una normativa fundamental que regula toda la actividad: la DAN 103. Esta disposición de la DGAC establece los requisitos operacionales, limitaciones, permisos y responsabilidades que deben cumplir tanto los pilotos como las aeronaves ultralivianas. Por su importancia, muchos pilotos la consideran la verdadera "Biblia del ULM".
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1. ¿Qué es la DAN 103 y a quién aplica?
La DAN 103 regula la operación de ultralivianos en Chile, tanto para vuelo recreativo como deportivo. Aplica a aeronaves que cumplen parámetros específicos de peso, velocidad y configuración, y que generalmente no entran en la categoría de aviación general tradicional.
- Pilotos de ultralivianos.
- Escuelas o clubes que enseñan vuelo ULM.
- Propietarios de aeronaves ultralivianas.
- Operaciones locales en terrenos habilitados.
Su objetivo es garantizar seguridad en una actividad que, por su naturaleza liviana y recreativa, requiere reglas claras.
2. Clasificación de ultralivianos según la DAN 103
La norma identifica distintas clases de ultralivianos, incluyendo:
- ULM 3 ejes (tipo avión ligero).
- Trikes (ala delta motorizada).
- Paramotores y parapentes motorizados.
- Aeronaves experimentales ultralivianas.
Cada categoría tiene limitaciones particulares de peso máximo al despegue, velocidad y características estructurales.
3. Requisitos del piloto bajo la DAN 103
Para operar ultralivianos autorizados bajo la DAN 103, el piloto debe contar con:
- Licencia DGAC para ultraliviano (según DAN 165).
- Examen médico Clase 4 vigente.
- Entrenamiento teórico y práctico en la aeronave específica.
- Conocimiento de reglamentación local y procedimientos del área de operación.
Aunque la exigencia es menor que en aviación general, la responsabilidad y riesgos siguen siendo reales.
4. Áreas de operación y restricciones
La DAN 103 establece zonas y condiciones en las que se puede volar ultralivianos:
- Zonas aprobadas por la DGAC o por clubes autorizados.
- Alturas máximas según espacio aéreo local.
- Restricciones para sobrevolar áreas pobladas.
- Condiciones meteorológicas estrictamente VFR.
- Prohibición de vuelos nocturnos.
Esto garantiza que los vuelos se realicen con márgenes adecuados de seguridad.
5. Construcción, registro y mantenimiento de ultralivianos
La DAN 103 incluye normas sobre:
- Registro de aeronaves ultralivianas ante la DGAC.
- Inspecciones técnicas y mantenimiento periódico.
- Requisitos mínimos de equipamiento (según tipo de ULM).
- Autorizaciones para aeronaves experimentales.
Aunque simples, los ultralivianos deben cumplir normas técnicas para garantizar seguridad en vuelo.
6. Operación segura y responsabilidades del piloto
La norma establece obligaciones claras para el piloto:
- Revisar la aeronave antes de cada vuelo.
- Planificar rutas dentro de zonas permitidas.
- No operar con viento o meteorología adversa.
- Evitar maniobras acrobáticas.
- Respetar límites de peso, velocidad y performance.
En esta categoría, la disciplina del piloto es esencial, dada la sensibilidad del ultraliviano a condiciones externas.
7. Sanciones y fiscalización
El incumplimiento de la DAN 103 puede resultar en:
- Multas DGAC.
- Suspensión o revocación de licencia.
- Prohibición de operar aeronaves ultralivianas.
- Investigaciones en caso de incidentes o accidentes.
La DGAC fiscaliza mediante inspectores, clubes aéreos y reportes operacionales.
Conclusión
La DAN 103 es la normativa fundamental del vuelo ultraliviano en Chile. Define qué es un ultraliviano, cómo debe operarse, quién puede pilotarlo y qué responsabilidades existen. Dominar esta norma no solo es obligatorio, sino también clave para volar con seguridad, responsabilidad y confianza.
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